Capítulo 5: Documentación - VISA de trabajo y residencia

VISA de trabajo y residencia 

 Les cuento a grandes razgos que el procedimiento para que una empresa española contrate a un extranjero implica que esta empresa debe proporcionar un contrato firmado previamente con el interesado y luego de esto la empresa aplicación para una VISA de trabajo en España presentando este contrato y documentos del interesado (pasaporte, documento de identidad, negativo de antecedentes penales en el país de origen y en España). El contrato es un contrato tipo proporcionado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España.  Existen distintos tipos de visados de residencia y trabajo que pueden consultar aquí 

http://www.exteriores.gob.es/Consulados/LIMA/es/InformacionParaExtranjeros/Paginas/IELima/Visados-trabajo.aspx

En nuestro caso el trámite lo lleva a cabo la empresa para G. que es el contratado y automáticamente se generan los visados para la familia que le acompaña. En el caso de G. es una VISA de trabajo sujeta a su permanencia con la empresa M. que es quien abala la solicitud. En mi caso es una VISA de trabajo abierta. Nuestros hijos son menores de edad, si fuesen mayores también se les concedería la VISA de trabajo abierta.

Más información

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/ServiciosAlCiudadano/InformacionParaExtranjeros/Paginas/VisadosDeLargaDuracion.aspx


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